Carga de Matafuegos en comercios: Normativas

Carga de Matafuegos en comercios: Normativas

Para poner en funcionamiento un local es necesario cumplir con todos los requisitos que exige la legislación vigente.

Un aspecto fundamental para habilitar cualquier comercio es cumplir con la carga de matafuegos tal como la ley lo indica, al efectuar el mantenimiento de toda la dotación.

Realizar solamente la carga de matafuegos de manera anual no es suficiente, ya que la norma establece que los mismos deben ser controlados, como mínimo, cuatro veces al año.

MaxiSeguridad posee una división especializada en el área de extintores, con ingenieros y técnicos capacitados para garantizar una adecuada protección.

Prestigiosos organismos respaldan sus servicios a través de las certificaciones otorgadas. Uno de ellos es IRAM, que audita permanentemente los equipos y brinda a cada usuario la seguridad de poseer un extintor que realmente funciona.

Contratar a MaxiSeguridad significa contar con un proveedor experto, que está al tanto de las normativas vigentes en cada distrito, del vencimiento de carga de matafuegos de cada cliente y del estado del puesto total de incendio, a través de cada control.

Los matafuegos serán retirados antes de su vencimiento y reemplazados por equipos sustitutos, para que la protección del comercio sea permanente.

El tipo de matafuego a instalar va a variar de acuerdo al rubro del comercio y su riesgo de incendio. Es necesario hacer un estudio de carga de fuego y dotación inicial de extintores, según la norma IRAM 3517.

Esto se complementa con el mantenimiento de las instalaciones fijas que posea, una señalización adecuada y luces de emergencia con autonomía necesaria frente a un corte de luz inesperado o intencional ante un incendio.

Cumplir con las normativas evita clausuras, la interrupción de la actividad comercial y lo más importante: protege la vida de quienes frecuentan el lugar. 


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