Ley 5920 Sistema de autoprotección - Ex ley 1346

LEY 5920: SISTEMA DE AUTOPROTECCIÓN


¿En qué consiste?
La ley 5920 tiene como objetivo evitar catástrofes y emergencias, al exigir que los establecimientos cuenten con un sistema de autoprotección.

¿Es obligatoria?
Si, la aplicación de la Ley 5920 es obligatoria en el ámbito de la Ciudad y deroga la Ley 1346 de Planes de Evacuación.

¿Quiénes deben llevarlo a cabo?
Los establecimientos con afluencia de público o eventos de concurrencia masiva, como oficinas, bares, escuelas, hospitales, entre otros. La Ley 5920 es de uso voluntario en los edificios cuyo destino sea solo de vivienda.

¿Qué documentación debo presentar ante una inspección?
Se deberá exhibir una Declaración Jurada detallando el procedimiento de autoprotección, previamente verificado y aprobado por la autoridad de aplicación.

¿Qué información debe contener el mismo?
La actividad que desarrolla, la población que involucra, los medios técnicos de protección con los que cuenta y los riegos presentes en el ambiente. Se deben designar los roles del personal capacitado que pondrá en marcha una evacuación y realizar al menos dos simulacros anuales en un espacio real, llevando a cabo la práctica de uso de extintores.