La Norma NFPA 72 abarca la aplicación, instalación, desempeño y mantenimiento de los sistemas de alarma de incendio y sus componentes.
Define los medios para el inicio, transmisión, notificación y anuncio de señales, los niveles de desempeño y la confiabilidad de los diversos tipos de sistemas de alarma de incendio.
Este código clasifica a los sistemas de alarma de incendio. Los mismos deberán contar con al menos dos fuentes de suministro de energía independientes y confiables, una primaria y una secundaria, cada una de las cuales deberá poseer la capacidad adecuada para la aplicación.
Esta Norma clasifica a los sistemas de alarma de incendio de la siguiente manera:
La activación de los dispositivos de notificación de alarmas o comunicaciones de voz de emergencia deberá ocurrir dentro de los 90 segundos posteriores a la activación de un dispositivo iniciador.
Las alarmas de incendio, señales de supervisión e indicadoras de falla deberán ser anunciadas distintiva y descriptivamente.
Todos los sistemas se deberán instalar de acuerdo con las especificaciones y normas aprobadas por la autoridad competente. Los dispositivos y aparatos deberán ubicarse y montarse de manera que los golpes o vibraciones no provoquen su accionamiento accidental o su falla.