NFPA 72: Código Nacional de Alarmas de Incendio y Señalización

NFPA 72: Código Nacional de Alarmas de Incendio y Señalización

La Norma NFPA 72 abarca la aplicación, instalación, desempeño y mantenimiento de los sistemas de alarma de incendio y sus componentes.

Define los medios para el inicio, transmisión, notificación y anuncio de señales, los niveles de desempeño y la confiabilidad de los diversos tipos de sistemas de alarma de incendio.

Este código clasifica a los sistemas de alarma de incendio. Los mismos deberán contar con al menos dos fuentes de suministro de energía independientes y confiables, una primaria y una secundaria, cada una de las cuales deberá poseer la capacidad adecuada para la aplicación.

Esta Norma clasifica a los sistemas de alarma de incendio de la siguiente manera:

  1. Sistemas de alarma de incendio para el hogar.
  2. Sistemas de alarma de incendio de predios protegidos/instalaciones protegidas.
  3. Sistemas de alarma de incendio de estaciones de supervisión.

La activación de los dispositivos de notificación de alarmas o comunicaciones de voz de emergencia deberá ocurrir dentro de los 90 segundos posteriores a la activación de un dispositivo iniciador.

Las alarmas de incendio, señales de supervisión e indicadoras de falla deberán ser anunciadas distintiva y descriptivamente.

Todos los sistemas se deberán instalar de acuerdo con las especificaciones y normas aprobadas por la autoridad competente.  Los dispositivos y aparatos deberán ubicarse y montarse de manera que los golpes o vibraciones no provoquen su accionamiento accidental o su falla.


NFPA 72: Código Nacional de Alarmas de Incendio y Señalización