Ley 5920: Multan a los establecimientos que no la cumplen

Ley 5920: Multan a los establecimientos que no la cumplen

Su implementación es obligatoria en la Ciudad de Buenos Aires, con el fin de evitar catástrofes o emergencias.

La Ley 5920, reglamentada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, indica que si sos responsable de la seguridad de un edificio, predio, establecimiento público o privado tenés la obligación de contar con un sistema de autoprotección con el fin de prevenir y evitar emergencias.

Esto incluye a oficinas, escuelas, hospitales y todos aquellos establecimientos con afluencia de público o eventos de concurrencia masiva.

La aplicación de la Ley 5920 será obligatoria en el ámbito de la Ciudad y se adecuará de acuerdo a las características propias de cada lugar, su destino y las personas que lo utilicen.

La Ley 5920 CABA indica que el sistema de auto protección de un edificio deberá contar con los siguientes requisitos:

  • Describir la actividad que desarrolla y la población que involucra.
  • Detallar los medios técnicos de protección con los que cuenta.
  • Identificar los riegos presentes en el ambiente.
  • Designar roles y capacitar al personal para poner en marcha una evacuación o procedimiento de emergencia pactado previamente.
  • Realizar al menos dos simulacros anuales, desplegando personal y equipos en un espacio real, llevando a cabo la práctica de uso de extintores.

El Anexo 1 de la disposición N° 1358/DGDCIV/18 clasifica a los establecimiento en tres grupos, de acuerdo a la actividad, la superficie y la altura que posean.

Los titulares o responsables de los edificios o predios del Grupo 1 tendrán que presentar una declaración jurada detallando este procedimiento, previamente verificado y aprobado por la autoridad de aplicación.

Los pertenecientes al Grupo 2 deberán cumplir con mayores requisitos, mientras que los que forman parte del Grupo 3 tendrán aún más exigencias, como por ejemplo presentar entre otras cosas, un simulacro de evacuación a través de un Software.

La Ley 5920 deroga la N° 1346 de Planes de Evacuación y establece la creación del “Registro de Profesionales para la elaboración y puesta a prueba de los Sistemas de Autoprotección”, en el cual deberán inscribirse quienes deseen realizar este servicio.

Nuestros ingenieros están habilitados y capacitados para realizar todos los procedimientos que la Ley 5920 CABA exige. De esta manera, garantizan la protección de los bienes y de las personas que frecuentan día a día cada uno de esos establecimientos.


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